Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto por una mancomunidad contra la resolución que actualiza el importe anual de la transferencia a dicha mancomunidad para garantizar el adecuado funcionamiento de una residencia de mayores y la calidad de los servicios prestados en ella. La mancomunidad no actúa investida de potestades públicas, ejerciendo potestades de derecho público, por lo que no nos encontramos ante un auténtico litigio entre Administraciones Públicas. Y en este caso se recurre el silencio administrativo frente al recurso de reposición que la Consejería demandada pudo y debió resolver con prontitud indicando si era viable o no dicha impugnación. La resolución impugnada tampoco es reproducción de ningún acto anterior; es una actualización del importe de la transferencia en orden al sostenimiento económico de la Residencia que la mancomunidad gestiona directamente. En cuanto al fondo, se remite a la creación de comisiones mixtas con corporaciones locales para el traspaso de los equipamientos sociales adscritos a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales mediante fórmula de financiación del coste anual del servicio traspasado pero no concretando en un centro en particular sino basado en la evolución global de los gastos de funcionamiento de centros de igual naturaleza gestionados por la Comunidad autónoma, pese al impacto de la Covid.